Seguro Hospitalización Accidente

Seguro Hospitalización Accidente

Contrata tu Seguro con nosotros y en caso de hospitalización por accidentes, podrás contar con una indemnización diaria de uso libre, independiente de la cobertura de tu Isapre o Fonasa

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Prima $ 7.125*

UF 0,254 mensual.

Cobertura

  • Cantidad diaria por hospitalización
    UF2 ($ 56.100*).
  • Exámenes preventivos
    UF 3 ($ 84.150*)

Coberturas exclusivas

Para aquellos clientes de SBPay que deseen contratar este seguro, contarán con la posibilidad de realizarse exámenes preventivos costo cero una vez por año (Revisar condiciones).

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Por qué elegir este seguro

Sabemos lo importante que es disponer de un apoyo en dinero ante una hospitalización, por ello ponemos a tu disposición la cobertura de Seguro de renta diaria hospitalaria y además te entregamos exámenes preventivos anuales.

¿Qué cubre?

A continuación se especifican las coberturas consideradas por la presente póliza, las que variarán de acuerdo al plan contratado por el asegurado. Los planes que considera esta póliza son:

Cantidad diaria por hospitalización a causa de accidente (pol 320170243 alternativa L)

En adicion a la cobertura anterior, y en el evento que el asegurado sea hospitalizado en cualquier establecimientos hospitalario a causa de accidente, la compañía aseguradora indemnizará al beneficiario de acuerdo a lo siguiente:

Con un capital de uf 2 por dia en que se encuentre hospitalizado, con un tope máximo de 30 días, por cada 365 (trescientos sesenta y cinco) días ininterrumpidos de cobertura, a partir del inicio de vigencia individual.

Se entenderán por establecimientos hospitalarios el hospital, clínica o establecimiento legalmente autorizado para suministrar los servicios generales de la medicina que disponga y utilice regularmente laboratorio, equipo de rayos x y quirófano atendidos por personal profesional especializado.

Será condición necesaria para proceder al pago, la presentación por parte del asegurado, de un certificado que acredite el período de permanencia, emitido por el establecimiento hospitalario.

Condiciones de asegurabilidad

  • Edad mínima de ingreso: 18 años
  • Edad máxima de ingreso: 64 años y 364 días
  • Edad de permanencia: 69 años y 364 días
  • Debe ser el titular de la cuenta

¿Qué no cubre?

Exclusiones (pol 320170243)

Las coberturas de esta póliza no operarán cuando el accidente que produce el fallecimiento o la necesidad de hospitalización del asegurado se produzca a consecuencia de:

  • Efectos de guerra civil o internacional, declarada o no declarada, invasión, acción de un enemigo extranjero, hostilidades u operaciones bélicas, ya sea con o sin declaración de guerra.
  • Actos calificados como delito cometidos, en calidad de autor o cómplice, por el asegurado, por un beneficiario o por quien pudiere reclamar el monto asegurado o la indemnización; así como también la participación activa del asegurado en actos de rebelión, revolución, sublevación, asonadas, motín, conmoción civil, subversión y terrorismo Suicidio, intento de suicidio, intoxicaciones o heridas causadas a sí mismo, ya sea estando en su pleno juicio o enajenado mentalmente.
  • Prestación de servicios del asegurado en las fuerzas armadas o funciones policiales de cualquier tipo.
  • Participación en las siguientes actividades o deportes: pasajero en aviación privada, paracaidismo, alas delta, parapente, bunjee jumping, alpinismo, escalada, motociclismo, artes marciales, boxeo, lucha, rodeo, rugby, equitación, polo, y Poliza 12-7640444
  • Aquellas otras que se excluyan expresamente en las condiciones particulares de la Póliza.
  • Encontrarse el asegurado en estado de ebriedad, o bajo los efectos de cualquier narcótico a menos que hubiese sido administrado por prescripción médica. Estos estados deberán ser calificados por la autoridad competente.
  • Desempeñarse el asegurado como piloto o tripulante de aviones civiles o comerciales, a menos que expresa y específicamente se prevea y acepte su cobertura por el asegurador.
  • Riesgos de radiación, reacción nuclear o atómica, o contaminación radioactiva.
  • Anomalías congénitas, y los trastornos que sobrevengan por tales anomalías o se relacionen con ellas.
  • Infecciones bacterianas, excepto las infecciones piogénicas que sean consecuencia de una herida, cortadura o amputación accidental. Esta exclusión no se aplica a la alternativa de cobertura alternativa l del artículo segundo inciso número ii.- De este condicionado general.
  • Hernias y sus consecuencias, sea cual fuere la causa de que provengan.
  • Tratamientos médicos o quirúrgicos distintos de los necesarios a consecuencia de lesiones o enfermedad cubiertas por esta póliza.
  • Hospitalización a consecuencia de embarazo o maternidad, alumbramiento o la pérdida que resulte del mismo.
  • Exámenes médicos de rutina.
  • Cirugía plástica o cosmética, a menos que sea necesitada por una lesión accidental que ocurra mientras el asegurado se encuentre amparado por la póliza.
  • Cualquier tipo de enfermedad mental o nerviosa.
  • Curas de reposo, cuidado sanitario, períodos de cuarentena o aislamiento.
  • Una infección oportunística, o un neoplasma maligno, si al momento de la muerte o enfermedad el asegurado sufría del síndrome de inmunodeficiencia adquirida. Con tal propósito, se entenderá por: “Síndrome de inmunodeficiencia adquirida”, lo definido para tal efecto por la Organización mundial de la salud. Copia de dicha definición está archivada en las oficinas principales de la compañía en santiago, Chile. Infección oportunística incluye, pero no debe limitarse a neumonía causada por pneumocystis carinii, organismo de enteritis crónica, infección vírica o infección micobacteriana diseminada. Neoplasma maligno incluye, pero no debe limitarse al sarcoma de kaposi, al linfoma del sistema nervioso central o a otras afecciones malignas ya conocidas o que puedan conocerse como causas inmediatas de muerte en presencia de una inmunodeficiencia adquirida.
  • Síndrome de inmunodeficiencia adquirida debe incluir encefalopatía (demencia) de V.I.H. (Virus de inmunodeficiencia humano) y síndrome de desgaste por v.I.H. (Virus de Inmunodeficiencia humano).
  • Enfermedades, lesiones o condiciones médicas preexistentes que hayan sido conocidas o diagnosticadas con anterioridad a la fecha de contratación de la póliza, o a la fecha de incorporación del asegurado a la misma, según corresponda.
  • Los tratamientos estéticos plásticos, dentales, de ortodoncia, ortopédicos y otros
  • Tratamientos que sean para fines de embellecimiento o para corregir malformaciones producidas por enfermedades o accidentes anteriores a la fecha de vigencia de esta póliza.
  • Tratamientos por adicción a drogas o alcoholismo, lesión, enfermedad o tratamiento causado por ingestión voluntaria de somníferos, barbitúricos, drogas y demás sustancias de efectos análogos o similares.

Poliza 12-7640444

  • Participación en carreras, apuestas, competencias y desafíos que sean remunerados o sean la ocupación principal del asegurado.
  • Epidemias oficialmente declaradas.
  • Además, este seguro no otorga cobertura en aquellos casos en que el tomador, asegurado, beneficiario o afianzado, o sus empleados o personas relacionadas, tenga alguna relación o se encuentre incluido en actividades relacionadas directa o indirectamente con actividades terroristas,lavado de activos o de similar naturaleza, incluyendo, pero sin estar limitadas, a las listas o sanciones dispuestas por la oficina de control de activos extranjeros (ofac, según sus siglas en inglés) del departamento del tesoro de los eeuu.
  • Se excluyen de cobertura, expresamente, aquellos siniestros y toda y cualquier pérdida relacionada directa o indirectamente con operaciones, negocios, contratos o vínculos de cualquier naturaleza con países o personas incluidas en dichas listas, o cuyo pago deba ser efectuado a personas o países designados (specially designated nationals list, sdn).

Valor prima

  • Prima fija mensual UF 0,254 (aproximadamente $7.125*).
  • Valor fijo en UF del Seguro no cambia con el tiempo.
  • La prima será cargada automáticamente a su tarjeta Salcobrand.
1.- PLAN 1: HOSPITALIZACIÓN A CAUSA DE ACCIDENTE + ASISTENCIA
COBERTURA MONTO ASEGURADO PRIMA NETA UF IVA UF PRIMA BRUTA UF
CANTIDAD DIARIA POR HOSPITALIZACIÓN A CAUSA DE ACCIDENTE UF 2 0,214 0,040 0,254
EXÁMENES PREVENTIVOS DE LABORATORIO INCLUIDA SIN COSTO
0,214 0,040 0,254

Asistencias

Asistencia “MÉDICO A DOMICILIO”

Contempla los siguientes servicios

I. E-DOCTOR:

Servicio de orientación medica online por sistema de video llamada el cual permite a todos los clientes de E- DOCTOR, hablar con un médico en tiempo real. Una vez finalizada la consulta se enviará un resumen de la orientación médica y recomendaciones al correo del cliente. Cliente solo debe registrarse en la página de e – Doctor  https://www.e-doctorgea.com/edoctor y obtendrá acceso al servicio.

  • Servicio de consultas medicina general.
  • Horario 24 horas al día.
  • Servicio ilimitado.
  • Disponible en APP STORE Y GOOGLE PLAY.
  • Nota: Plataforma médicos Chilenos o Internacionales.

Límite de eventos: Ilimitado.

Tope Máximo: Ilimitado

 

II. VISITA MÉDICO A DOMICILIO:

En caso de que el afiliado y/o beneficiario sufra un accidente o una enfermedad, previa solicitud vía telefónica del mismo, se enviará un médico general a la vivienda afiliada. Este servicio se prestará en todas aquellas ciudades donde exista la infraestructura de profesionales que permita otorgar la atención a domicilio y siempre dentro del radio urbano de la ciudad del domicilio del titular.

Límite de eventos: 2 eventos al año.

Tope Máximo: Ilimitado.

 

III. Traslado Médico Terrestre por Accidente

En caso que el CLIENTE sufra un accidente (que le provoque lesiones o traumatismos), tales que requieran su hospitalización y que amerite su atención a un centro asistencial, se gestionará y cubrirá el costo del traslado en ambulancia terrestre hasta el centro hospitalario más cercano, siempre y cuando exista la infraestructura privada que lo permita. En caso de no existir ésta, se coordinará el traslado por medio de los servicios médicos públicos en la localidad.

Límite de eventos: Ilimitado

Tope Máximo: Ilimitado.

 

En caso de que el CLIENTE requiera de los servicios contemplados, se procederá de la siguiente forma:

a) El CLIENTE que requiera del servicio se comunicará al número telefónico especificado número 2 2820 3070.

Legal

La compañía que asume el riesgo es Chubb Seguros Chile S.A., Rut 99.225.000-3, de acuerdo a las Condiciones Generales depositadas en la Comisión para el Mercado Financiero con los códigos POL 320170243 ALTERNATIVA L. para Hospitalización por Causa de Accidente .

Las coberturas que otorga el Seguro “Hospitalización por Causa de Accidente” están sujetas a las exclusiones y requisitos de asegurabilidad y demás condiciones, que se encuentran indicadas en las condiciones generales mencionadas y particulares de la póliza colectiva N° 7.640.444, contratada directamente por Matic Kard S.A. con la aseguradora.

La póliza es intermediada por Volvek Corredores de Seguros S.A., Rut 76.726.150-0.

La información proporcionada en esta web respecto del seguro “Hospitalización por Causa de Accidente” es un mero resumen y para incorporarse a la póliza los clientes deberán suscribir la correspondiente solicitud de incorporación, donde se encuentran todos los detalles de la misma y que hará las veces de certificado de cobertura.

*Valor UF referencial $28.050